Oficina del Defensor del Pueblo Comunitario de Interés Común

Las principales responsabilidades de la Oficina del Defensor del Pueblo Comunitario de Interés Común son:

1.  Ayudar a los miembros a comprender los derechos y los procesos disponibles para ellos de acuerdo con las leyes y reglamentos que rigen las comunidades de interés común y responder a las consultas generales;

2.  Poner a disposición, ya sea por separado o a través de un sitio web existente, la información que se considere apropiada;

3.  recibir notificaciones de decisiones adversas finales;

4.  Previa solicitud, ayudar a los miembros a comprender los derechos y procesos disponibles en virtud de las leyes y reglamentos que rigen las comunidades de interés común y proporcionar referencias a agencias públicas y privadas que ofrecen servicios alternativos de resolución de disputas, con el objetivo de reducir y resolver conflictos entre las asociaciones y sus miembros; y 

5.   Velar por que los miembros tengan acceso a los servicios prestados a través de la Oficina y que los miembros reciban respuestas oportunas de los representantes de la Oficina a las consultas.

Una comunidad de interés común puede ser una Asociación de Condominios, una Asociación de Propietarios o una Cooperativa de Bienes Raíces.

La Junta Comunitaria de Interés Común es independiente y distinta de la Oficina del Defensor del Pueblo. La Junta es el organismo regulador responsable de otorgar licencias a los gerentes de las asociaciones, certificar a ciertos empleados de empresas de administración con licencia, recibir los informes anuales presentados por las asociaciones y registrar los registros de proyectos de condominios y tiempo compartido. 


* La Oficina del Defensor del Pueblo de la Comunidad de Interés Común solo puede proporcionar orientación y responder preguntas relacionadas con la ley comunitaria de interés común (la Ley de la Asociación de Propietarios, la Ley de Condominios y la Ley de Cooperativas de Bienes Raíces) y las regulaciones.  No podemos proporcionar asesoramiento legal.

Quejas de la Asociación

  • Video - Creación de un proceso de quejas de la asociación

 

¿Qué es una Comunidad de Interés Común?

Las Comunidades de Interés Común (CIC, por sus siglas en inglés) están diseñadas para la vida en comunidad por un desarrollador (también conocido como "declarante"). La comunidad se crea mediante un conjunto específico de documentos legales, generalmente redactados por el desarrollador y sujetos a cambios por parte de los miembros (propietarios). Cuando el promotor renuncia al control de la comunidad, los asuntos de la comunidad son gobernados por la Asociación de propietarios a través de una junta elegida. La junta directiva de la Asociación está autorizada por ley para hacer cumplir las reglas y restricciones (por ejemplo, con respecto a la estética) y para cobrar las cuotas obligatorias para pagar el mantenimiento y las mejoras de los elementos comunes (como una piscina, una casa club o simplemente una carretera o señalización). La obligación de los propietarios de pagar el seguro, las evaluaciones de mantenimiento y el mantenimiento de la propiedad compartida que no sean sus propias unidades/lotes es la característica esencial de una Comunidad de Interés Común. La relación entre los propietarios y la Asociación es financiera y legal. Las asociaciones vecinales o cívicas con cuotas voluntarias no son Comunidades de Interés Común según la ley de Virginia.

¿Qué puede hacer el Defensor del Pueblo?

Ayudar a los miembros a comprender y ejercer sus derechos para resolver problemas con sus asociaciones comunitarias de interés común (condominios, asociaciones de propietarios y cooperativas). Emitir explicaciones no vinculantes (no interpretaciones) de las leyes y reglamentos que rigen a las Asociaciones. Ofrecer referencias a servicios alternativos de resolución de disputas. Ayudar a los miembros a utilizar los procedimientos y procesos disponibles para ellos en su asociación para resolver conflictos dentro de la comunidad. Recibir quejas relacionadas con los tiempos compartidos y remitir las posibles violaciones de la ley o las regulaciones de tiempo compartido a la Junta Comunitaria de Interés Común para que se tomen las medidas adicionales que se justifiquen. (Ver formulario de queja.) Recibir "avisos de decisiones adversas finales" de personas que creen que una Asociación violó las leyes o regulaciones comunitarias de interés común. Dicha notificación debe presentarse en el formulario aprobado por la Junta dentro de los 30 días posteriores a la notificación de una Asociación a un miembro de su decisión final, acompañada de una tarifa de presentación de $25 (requerida por la ley).

¿Qué no puede hacer el Defensor del Pueblo?

Ofrecer asesoramiento legal o interpretación. Interpretar los documentos de la Asociación, como los documentos de gobierno, los estatutos, etc.

Estatutos

 

  • Defensor del Pueblo de la comunidad de interés común Reglamentos | Acceso en línea 
  • Fondo de Información Gerencial de la CIC Reglamento (requisitos de presentación de informes anuales y tarifas) pdf | en línea 
  • Gerente de CIC Regulaciones (licencias) | PDF | en línea 
  • Condominio Reglamento (registro de proyectos) pdf | en línea 

La Oficina del Defensor del Pueblo Comunitario de Interés Común emite Determinaciones en respuesta a los Avisos de Decisión Adversa Final presentados por la propiedad que resultan de la presentación de una Queja de Asociación a través de un Procedimiento de Queja de Asociación y la recepción de la asociación de una decisión final sobre la queja.

Una Determinación del Defensor del Pueblo no es un veredicto judicial, un decreto judicial, una orden de la Junta o una opinión oficial. Es legalmente no vinculante y se limita estrictamente a las leyes y regulaciones de la comunidad de interés común (la Ley de Asociaciones de Propietarios, la Ley de Condominios y la Ley de Cooperativas Inmobiliarias).

Las determinaciones están sujetas a divulgación pública en virtud de la Ley de Libertad de Información, y la Oficina del Defensor del Pueblo las pone a disposición en línea para que sirvan como recurso de información sobre temas comunitarios de interés común.

Consulte la pestaña Quejas de la asociación para obtener información sobre cómo presentar una queja de la asociación.

Actualizaciones recientes de las leyes estatales que afectan a las asociaciones
Informes Anuales del Ombudsman de la CIC a la Asamblea General
Boletines + Artículos

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Recursos

Instituto de Asociaciones Comunitarias (CAI)

Sedes Nacionales
6402 Arlington Blvd., Suite 500
Falls Church, VA 22042
Sitio web: Instituto de Asociaciones Comunitarias (CAI)
Teléfono: (703) 970-9220 | Línea gratuita: (888) 224-4321

Capítulo CAI de Virginia Central

Apartado postal 5118
Midlothian, VA 23112
Sitio web: http://www.cvccai.org

Capítulo CAI del sureste de Virginia

1300 Diamond Springs Rd., Suite 400
Virginia Beach, VA 23455-3645
Teléfono: (757) 558-8128
Sitio web: http://www.sevacai.org

Capítulo CAI del suroeste de Virginia

P.O. Caja 21391
Roanoke, VA 24018-0141
Teléfono: (540) 339-1224
Sitio web: https://www.caiswva.org/

Capítulo CAI Metropolitano de Washington

7600 Leesburg Pike, Suite 100-W
Falls Church, VA 22043-2004
Teléfono: (703) 750-3644
Sitio web: http://www.caidc.org


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